Cualquier vehículo con seguro y VTV podrá transportar pasajeros

La medida quedó oficializada este martes. Sólo será necesario registrar los recorridos con anticipación. Se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros

En su política de desregulación, ahora el Gobierno reglamentó todo lo referido al transporte automotor de larga y media distancia. Se apunta a que las firmas del sector, e inclusive particulares, tengan menos restricciones para establecer precios, modificar o discontinuar rutas que no sean rentables, entre otros.

Así se oficializó en el Boletín Oficial mediante la Resolución Nº 57/2024, impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

“Se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes”, aseguraron desde la cartera conducida por Franco Mogetta.

En este sentido, los transportistas se registrarán de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios. A su vez, se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP).

El trámite, que estará disponible a partir este 11 de diciembre, es obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrá carácter de Declaración Jurada (DDJJ). El correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante el proceso.

Los transportistas deberán completar: formulario de transportistas/empresas, DDJJ Nómina de Parque Móvil, DDJJ Nómina de conductores, título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos, pólizas de seguros, etc. Una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar.

Aquellos que ya estén prestando servicios podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta sesenta días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodología aprobada.

Al respecto, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó que desde el Gobierno invitan a quienes tengan vehículos grandes o pequeños a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros. “El Decreto 883/24 había liberado el tránsito interjurisdiccional así como el de las conexiones aeroportuarias, dando libertad absoluta para operar, elegir vehículos, horarios y recorridos. La Resolución 57/24 de hoy establece el procedimiento para que cualquier interesado en proveer el servicio pueda hacerlo”, escribió en la red social X.

“Simplemente informan a través de un trámite remoto vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer. Pueden cambiar esta información cuando quieran y las veces que quieran. ¡Y listo! ¡A rodar!”, agregó el funcionario.

Cabe recordar, que tras conocerse el decreto 883, el ministro de Transporte bonaerense, Jorge D’Onofrio, avisó que la Provincia no va a adherir a la desregulación del transporte de pasajeros, ya que esto dejaría sin conexión al 70% de las localidades que se encuentran en territorio.

Redacción: Buenos Aires BA / Agencia
Noticias de Buenos aires

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