El Libertario Guillermo Castello quiere “Canilla Libre” y alcohol para todos en la provincia.

El opositor a Kicillof va por la desregulación de la noche bonaerense con el regreso de la “canilla libre” y el fin del REBA

Los dos proyectos ya ingresaron formalmente en la Legislatura Bonaerense. También quieren derogar la prohibición que rige para hacer concursos cuyo objetivo sea el consumo de bebidas alcohólicas.

La regulación de la actividad nocturna y del expendio de bebidas alcohólicas es un tema de recurrente debate en el territorio bonaerense.

En el cierre del 2024 se presentó un proyecto que contemplaría una desregulación casi total que incluye la eliminación del REBA, el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas.

La iniciativa es del diputado libertario, Guillermo Castello, y busca derogar una serie de normas que “atentan contra la libertad individual, en muchos casos son inconstitucionales por irrazonables, que promueven la corrupción y que además resultaron ser notoriamente ineficaces”.

Entre los puntos que serían derogados se encuentra la prohibición que rige para hacer concursos cuyo objetivo sea el consumo de bebidas alcohólicas. También quedaría abolida la prohibición de la “canilla libre” en boliches y bares.

“Son regulaciones invasivas de la libertad individual”, justificó Castello. Por otro lado, se derogarían estipulaciones como el establecimiento de horarios para ingresar y salir a un establecimiento, y para comenzar y dejar de vender alcohol dentro del mismo.

También del bloque libertario surgió otro proyecto vinculado a la temática pero presentado por Agustín Romo, jefe del bloque.

En ese caso, busca derogar el artículo 1 de la Ley 11.825. “Dispónese en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires la prohibición de venta, expendio o suministro minorista a cualquier título, y la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas, para ser consumidas fuera del establecimiento donde se realice la venta, expendio o suministro minorista a cualquier título a partir de las veintiuna (21,00) horas y hasta las diez (10,00) horas. Dicha prohibición regirá desde las veintitrés (23,00) horas hasta las diez (10,00) horas, entre el 1 de diciembre y el 30 de abril de cada año”, se señala en dicho punto.

“La actual redacción de la ley resulta ilógica y contradictoria. Por ejemplo, ¿qué diferencia sustancial justifica que el horario de venta sea aún más restrictivo a partir del 30 de abril respecto al 1 de mayo? Esta disposición no presenta una razón clara ni probada que explique tal diferenciación, ni ha demostrado generar mejoras tangibles en la problemática que se pretende abordar”, explicaron.

Redacción Buenos aires BA Agencia / La plata 1

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