A partir del 1 de diciembre y por una normativa del BCRA, Mercado Pago no contará con “Débito Inmediato”, aunque sí se podrá ingresar dinero de otras maneras.
A través de un mail informativo que comenzó a preocupar a usuarios y usuarias, Mercado Pago informó que a partir del 1 de diciembre no se podrá utilizar más la opción de “Débito Inmediato”, lo que permitía vincular cuentas bancarias -es decir tarjetas de débito- a la aplicación. Según lo anunciado, la medida se da en consecuencia de una nueva normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
“Por una norma del Banco Central, desde el 1 de diciembre ya no tendrás vinculada tu cuenta bancaria a Mercado Pago” expresa el título del comunicado. A su vez, en el cuerpo del mensaje detalla: “Las nuevas normativas “A” 7514 y “A” 7841 del BCRA afectarán a más de 4 millones de personas que usan Débito Inmediato para ingresar dinero a sus cuentas de Mercado Pago”.
El mensaje además expresa que se podrá seguir ingresando dinero en la cuenta mediante transferencia bancaria, que es “gratuita y se acredita al instante”. Y, con un historial de idas y vueltas entre la entidad Mercado Libre y el Banco Central, expresó: “Estamos esperando una respuesta del Banco Central para solucionar le problema”.
Las normativas “A” 7514 y “A” 7841 del BCRA
La normativa “A” 7841, publicada el 14 de septiembre por el Banco Central, expone: “Disponer que los participantes de los esquemas de transferencias inmediatas que utilicen el débito inmediato (DEBIN) recurrente para posibilitar a sus clientes el ingreso a sus cuentas de fondos provenientes de cuentas propias habilitadas en otros proveedores deberán –antes del 1.12.23– discontinuar dicha operatoria y habilitar a sus clientes el servicio de transferencia inmediata ‘pull'”.
Y agrega: “Asimismo, deberán presentar ante la Subgerencia General de Medios de Pago –en el término de 15 días desde la difusión de la presente resolución– un plan de adecuación que detalle cómo migrarán el 100 % de los usuarios que usen DEBIN recurrente como herramienta de fondeo de cuentas propias”.
Para leer la normativa completa, podés leer el siguiente enlace.
A su vez, la normativa “A” 7514 establecida en 2022, que podés encontrar en el siguiente link, también expresa:
“Establecer que todos los administradores de esquemas de transferencias inmediatas deberán implementar los mecanismos para:
a) Cursar –desde una cuenta a la vista o de pago– solicitudes o pedidos de fondos (transferencias inmediatas “pull”) que permitan, mediante el débito de la cuenta –a la vista o de pago– del cliente receptor de la solicitud y luego de que este la haya autorizado, la acreditación inmediata de los fondos en la cuenta del cliente solicitante”.
Fuente: Buenos Aires BA – Noticias de Buenos Aires / Sociedad / Economia