La Cámara Nacional del Trabajo hizo lugar a un pedido de la CTA, que conduce Hugo Yasky, un día después de disponer de una medida similar, pero por una presentación de la CGT. Los argumentos de los camaristas sobre la vulneración de derechos fundamentales y la necesidad de mantener la paz social.
“La instauración de ilícitos laborales colectivos que se reputan contrarios a la libertad sindical y el grave encorsetamiento del derecho de huelga que se derivaría de las modificaciones previstas en el artículo 97 del DNU, imponen otorgar al caso un tratamiento urgente en forma diferenciada que, más allá de las eventualidades de rito o de ordenamiento procesal, tienda a coadyuvar al mantenimiento de la paz social y a racionalizar las relaciones de fuerza cuyo desequilibro, si se exacerba, puede llegar a echar por tierra toda solución institucionalizada, todo lo cual justifica en el caso admitir el pedido de exclusión de clase deducido”, sostuvieron los jueces.
“No se trata en el presente de poner en cuestión derechos individuales (conflicto individual de derecho) para los cuales la cuestión justiciable o litigiosa estaría delimitada por la concreta lesión a un derecho o la existencia de daño real y concreto, sino que, por la naturaleza del planteo, basta con que se advierta la posibilidad cierta de una lesión irreparable a una pluralidad relevante o, como en el presente, a los intereses colectivos de un sector de la población particularmente vulnerable, por lo que no se comparte tampoco lo argumentado en grado en cuanto a la inexistencia de ‘caso’ , ‘causa’ o ‘controversia’”, agregaron.
Además, la jueza González Vior remarcó: “Hecha pública la convocatoria a un paro general por las centrales obreras para el día 24 de enero en curso y habiendo dispuesto la CSJN (Corte Suprema de Justicia de la Nación) no dar tratamiento inmediato al proceso originario habilitado ante su sede con motivo del DNU cuestionado, el peligro en la demora es aún mayor teniendo en cuenta las importantes modificaciones introducidas por el DNU a las leyes 25.877, 23.551 y 14250 -reitero, de aplicación inmediata, conforme la cuestionada ley 26122- y los graves riesgos de que el conflicto social -ya avizorado en los últimos días del año 2023- se acreciente y/o derive en hechos de violencia inusitada”.
Tan pronto como se conoció este fallo, desde el Gobierno Nacional dejaron trascender que “los abogados del Estado apelarán la medida cautelar” y que la presentación ya está siendo elaborada por la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Rodolfo Barra.
En esa línea, adelantaron que se pedirá inmediatamente la incompetencia del Fuero del Trabajo para que todo pase al fuero contencioso administrativo.
En la habitual rueda de prensa llevada a cabo en Casa Rosada, Adorni dijo que el Gobierno también pedirá “la incompetencia” de la Cámara del Trabajo para intervenir en la cuestión por entender que el fuero correspondiente es el Contencioso Administrativo.
“El fallo se apelará. Habrá un recurso extraordinario ante la Corte y, además, se impedirá la incompetencia por entender que el fuero es el Contencioso y no el Laboral. Además, todo esto va en contra de la jurisprudencia conocida en esta materia”, comunicó Adorni.